jueves, 24 de diciembre de 2020

La improcedencia de la candidatura de Vizcarra al Congreso

   

El que convoca a elecciones, no puede postular a un evento que ha promulgado. Eso es un imposible. El JNE debería anular la candidatura de Vizcarra al Congreso, de acuerdo a lo previsto. Y nadie se tiene que arañar por eso. La Constitución es clara, se supone que quien convoca a elecciones es el presidente, por ello no se le menciona que tiene que renunciar antes de los seis meses. Sería inimaginable que un presidente renuncie a su cargo, para postular a unas elecciones que convoca. No tiene sentido. 

Vizcarra ya había convocado a elecciones y no puede ser juez y parte. El hecho de que fue vacado, no juega a su favor. Aunque debería ser para peor. Doble impedimento. Así como Sagasti, en el hipotético caso de que asumiera la presidencia faltando dos años para que terminara el mandato iniciado por Ppk, sólo se limitaría a convocar elecciones y no a meter mano en institución del Estado alguna, ya que sólo es un encargado y no un presidente constitucionalmente electo; en el caso de Mercedes Araoz, completaría los dos años restantes, por ser parte de la plancha presidencial, y sí tiene prerrogativas de hacer las reformas que crea convenientes.

Vizcarra está impedido de postular, además por razones sancionatorias. Ha sido vacado, y el siguiente paso es la acusación constitucional para inhabilitarlo. Se supone que no está moralmente acto para personificar a la nación.  

No se menciona a la Presidencia de la República en el Artículo 91 de la Constitución, porque es la institución convocante. A buen entendedor… En el caso de la candidatura del vacado por indigno, es como si una entidad pública o privada convocara a un concurso y ella participe como concursante. Sería un despropósito lleno de vicios y poco ético y transparente.

jueves, 17 de diciembre de 2020

El que personifica a la nación


Artículo 110° de la Constitución.- El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación.

 La persona que encarna a la nación en materia política y social, es el Presidente de la República, por mandato constitucional y de las urnas. Él es el ejemplo de nuestras virtudes y nuestros valores como país, los cuales no debe deshonrar en el ejercicio de su mandato.  

El Congreso es la representación nacional. En él reside el debate político, las facultades de legislar o dictar leyes para una buena viabilidad a futuro de la nación; fiscaliza y realiza control político al gobierno de turno.

Por alguna desconocida razón, se han distorsionado conceptos y estrangulado figuras y símbolos que nos debieron llevar a tierras fértiles, hace mucho tiempo. Pareciera que desconociéramos de instituciones y de ritos ancestrales y de los valores éticos que debe poseer la patria. Incluso el significado de la palabra constitución ha sido arrancado del debate. ¿Alguien se ha preguntado lo que encierra su significado? Creo que nadie. Con el desconocimiento de las palabras constitución, nación, patria, deberes, derechos, etc., es muy difícil que un país tenga el futuro que ansía. 

Tal vez porque la república nació entre una disputa de caudillos en la esquina del bar de la Mala Muerte, es que hay resistencia a considerar a las instituciones y los valores morales como los pilares de toda sociedad. El culto al caudillaje hace que en cada elección se busque el nombre a quien considerar el adecuado para enfrentarse al otro, como si de reyertas de bandos se tratase la cosa y no de una elección entre gente civilizada.        

El Perú parece ser un desierto sin filósofos y pensadores. Ahora que vivimos en el feudo de periodistas y opinantes desprovistos de todo sentido ético y de la constitución de una nación, el origen de personificar a la república, tiene la relevancia de un objeto tirado en el muladar. La institución presidencial misma ha sido vaciada de contenido, y se cree que la presidencia es asunto de una persona, y que no hay una línea de sucesión dentro de la institución. Las virtudes que tiene que encarnar un individuo en nombre de todo un territorio poblado de habitantes y símbolos y muertos y espíritus; en nombre del pasado y del futuro y del presente del mismo territorio, han sido relativizadas, empobrecidas en los últimos tiempos, hasta quitarle su esencia. Sobre un mandatario recae el peso de una historia que debe honrar en todo sentido.        

La muerte de un país comienza cuando empresarios, autoridades, políticos, periodistas, intelectuales, religiosos, etc., aceptan convivir con alguien que ha deshonrado el encargo de personificar a la nación, negándose éstos al empleo que el sistema de depuración de la Constitución prevé, y volviendo el asunto en una cuestión de cálculos políticos, recelos, y en un recreo por la vereda de la conveniencia, y no de la salud moral de un país, sobre la que toda conciencia humana debe priorizar. Urge enderezar el camino, no se puede seguir hundiendo al país, de la manera más sórdida, prohibiéndole e impidiéndole razonar acerca de los principios básicos de una nación.  

martes, 19 de mayo de 2020

Resuelto el Capítulo VI de la Constitución: De las relaciones con el Poder Legislativo



 “Artículo 130°.- Dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión. Plantea al efecto cuestión de confianza.
 Si el Congreso no está reunido, el Presidente de la República convoca a legislatura extraordinaria.”
-Dentro de sus prerrogativas, el Congreso puede censurar o negarle o darle la confianza al Consejo de Ministros.-
“Artículo 131°.- Es obligatoria la concurrencia del Consejo de Ministros, o de cualquiera de los ministros, cuando el Congreso los llama para interpelarlos. La interpelación se formula por escrito. Debe ser presentada por no menos del quince por ciento del número legal de congresistas”…
-La interpelación es una práctica de control político que ostenta el Legislativo.-                     
 “Artículo 132°.- El Congreso hace efectiva la responsabilidad política del Consejo de Ministros, o de los ministros por separado, mediante el voto de censura o el rechazo de la cuestión de confianza. Esta última sólo se plantea por iniciativa ministerial. Toda moción de censura contra el Consejo de Ministros, o contra cualquiera de los ministros, debe ser presentada por no menos del veinticinco por ciento del número legal de congresistas. Se debate y vota entre el cuarto y el décimo día natural después de su presentación. Su aprobación requiere del voto de más de la mitad del número legal de miembros del Congreso.
El Consejo de Ministros, o el ministro censurado, deben renunciar.
El Presidente de la República acepta la dimisión dentro de las setenta y dos horas siguientes.
La desaprobación de una iniciativa ministerial no obliga al ministro a dimitir, salvo que haya hecho cuestión de confianza de la aprobación.”
- Tanto el voto de censura y la interpelación son prerrogativas del Parlamento. No así la cuestión de confianza facultativa, que viene del Ejecutivo, que la puede plantear el Consejo de Ministros o un ministro, como refuerzo a una iniciativa ministerial que desea que el Congreso se la apruebe. La desaprobación de la iniciativa implicará que el Consejo de Ministros o el ministro renuncien, sin consecuencias futuras para el Parlamento, ya que quien está haciendo uso de su prerrogativa es el Ejecutivo. En criollo, se la ha jugado, pero no ha recibido el apoyo del Congreso.-                   
“Artículo 133°.- El Presidente del Consejo de Ministros puede plantear ante el Congreso una cuestión de confianza a nombre del Consejo. Si la confianza le es rehusada, o si es censurado, o si renuncia o es removido por el Presidente de la República, se produce la crisis total del gabinete”.
-Todas las figuras que llevan a la salida o remoción de su cargo de un Presidente del Consejo de Ministros, están resumidas en este artículo. Sin dramas, se trata de cuando el gabinete queda acéfalo, y por lo tanto se tiene que buscar un remplazo.- 
 “Artículo 134°.- El Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros. El decreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso. Dichas elecciones se realizan dentro de los cuatro meses de la fecha de disolución, sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente. No puede disolverse el Congreso en el último año de su mandato. Disuelto el Congreso, se mantiene en funciones la Comisión Permanente, la cual no puede ser disuelta.
No hay otras formas de revocatoria del mandato parlamentario.
Bajo estado de sitio, el Congreso no puede ser disuelto”.
-Para que se disuelva un Parlamento, éste tiene que haber abusado de sus prerrogativas que le conciernen. Que son la censura o negativa del voto de confianza ante la única cuestión de confianza obligatoria que plantea el Presidente del Consejo de Ministros, a nombre del gabinete, cuando va a exponer las políticas del gobierno, conforme al artículo 130, dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones.-
“Artículo 135°.- Reunido el nuevo Congreso, puede censurar al Consejo de Ministros, o negarle la cuestión de confianza, después de que el Presidente del Consejo haya expuesto ante el Congreso los actos del Poder Ejecutivo durante el interregno parlamentario.
En ese interregno, el Poder Ejecutivo legisla mediante decretos de urgencia, de los que da cuenta a la Comisión Permanente para que los examine y los eleve al Congreso, una vez que éste se instale.”
-El Consejo de Ministros no cae y ejerce sus funciones durante el interregno, y se presenta ante el nuevo Congreso. El anterior ha sido desoído y disuelto, por abusar de sus prerrogativas. Ningún gabinete puede estar más de treinta días sin ir al Congreso, a exponer las políticas del gobierno, y a que le otorguen o no la confianza. No hacerlo es inconstitucional. -
 “Artículo 136°.- Si las elecciones no se efectúan dentro del plazo señalado, el Congreso disuelto se reúne de pleno derecho, recobra sus facultades, y destituye al Consejo de Ministros. Ninguno de los miembros de éste puede ser nombrado nuevamente ministro durante el resto del período presidencial.
El Congreso extraordinariamente así elegido sustituye al anterior, incluida la Comisión Permanente, y completa el período constitucional del Congreso disuelto.”
-En el caso hipotético de no darse las elecciones parlamentarias extraordinarias, el Congreso disuelto es restablecido y destituye al gabinete que no ha caído. Aquí el término escogido es DESTITUCIÓN. No se habla de censura o negar o no la confianza, puesto que estamos frente al mismo Consejo de Ministros. A quien anteriormente se ha censurado o negado la confianza. Ahora se le destituye. 
De darse las elecciones, el nuevo Congreso queda inmune a una disolución, pues ha nacido de un evento extraordinario, sólo ha sido elegido para completar el periodo del anterior.- 

Conclusión:                       
La Constitución salvaguarda, que bajo ninguna circunstancia un Consejo de Ministros cometa un acto ilegal e inconstitucional de no presentarse ante el Congreso, para exponer las políticas del gobierno, dentro de los treinta días. No hay resquicios para que suceda tal eventualidad. También que el Congreso disuelto sea representado por una Comisión Permanente durante el interregno. Es imposible que Congreso y Consejo de Ministros caigan juntos. Quien haya abusado y despilfarrado sus facultades, es el que cae. Un gabinete plantea cuestión de confianza facultativa a una iniciativa ministerial, la puede hacer las veces que quiera. Nótese, no es al Congreso a quien hace cuestión de confianza, sino a su propia iniciativa, si se la desaprueban, renuncia el gabinete. En el otro extremo, si el Parlamento censura o niega la confianza a dos Consejos de ministros, dentro del marco del artículo 130, tendría que ser disuelto. Eso es todo. Tema resuelto.       

domingo, 17 de mayo de 2020

El origen inconstitucional del gabinete Zeballos



Voy a explicar el origen inconstitucional del gabinete Zeballos. El cual está desarrollando funciones, fuera de toda legalidad. Y lo voy a demostrar por qué. Más allá de que contamos con gente para el espanto en el T. C, como cierta señora, quien afirma que un vocero sin voto popular puede reemplazar a un Presidente de la República, cuando éste se ausente del país.
En el hipotético caso de que el Parlamento anterior hubiese sido disuelto correctamente, el artículo 134 de la Constitución no exige la renuncia de un segundo gabinete. El gabinete se queda, ya que el Congreso ha abusado de su prerrogativa, y por lo tanto es desoído. El asunto es sencillo. El artículo 135 explica que cuando el Primer Ministro va a exponer los actos del Ejecutivo en el interregno, el nuevo Congreso puede censurar o negarle o no la confianza al Consejo de Ministros. En este artículo no se habla de que un nuevo gabinete es el que va a exponer ante el nuevo Congreso. Se entiende que es el mismo de la disolución. Lo único que se está haciendo es continuar y corregir un proceso fallido de otorgamiento o no del voto de confianza. El artículo 130 es el que detalla el evento de un nuevo Consejo de Ministros que va a exponer las políticas del gobierno. El artículo 136 dice: “Si las elecciones no se efectúan dentro del plazo señalado, el Congreso disuelto se reúne de pleno derecho, recobra sus facultades, y destituye al Consejo de Ministros. Ninguno de los miembros de éste puede ser nombrado nuevamente ministro durante el resto del período presidencial”. ¿A qué gabinete ha destituido el Parlamento restituido? Al que no se ha ido, por supuesto. A quién más. Está clarísimo. Si se tratara de un Consejo de Ministros nuevo. ¿Cuál sería la razón para destituirlo? ¿No sería mejor censurarlo o negarle o no la confianza? El encontronazo ha sido con el gabinete que no ha renunciado y no con uno nuevo, por eso se utiliza el término: destitución, además, ¿qué mal habrían hecho los ministros recién estrenados, para que estén impedidos de ser nombrados nuevamente ministros, si la cosa no era con ellos?  
La gravedad del asunto es que no existe en la Constitución artículo alguno que hable de la composición de un gabinete nuevo cuando se disuelve un Congreso. El único artículo que habla de un nuevo gabinete es el 130, y se refiere a, como ya lo he dicho, cuando el Presidente del Consejo de Ministros va a exponer las políticas del gobierno, dentro de los treinta días de asumido el cargo. Van más de medio año de que el gabinete Zeballos ha asumido funciones, de manera inconstitucional. El mismo Vicente Zeballos ha firmado el acta de disolución del Congreso anterior, sin estar facultado para hacerlo. Lo que está haciendo es cometer graves delitos, como usurpación de funciones. Lo que queda claro, también, es que los artículos que conversan para que se efectuase una disolución, son el 130 y el 134. En el 130, el Congreso puede censurar o negar o no la confianza al Consejo de Ministros, y el 134 dice: “El Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros”. La cuestión de confianza facultativa, como la que hizo del Solar, no computa para una disolución, pues viene del Ejecutivo y no del Legislativo. El Parlamento tiene que hacer uso y abuso de sus prerrogativas, que son el voto de censura o la negativa de confianza. Tampoco el nuevo Congreso puede ser disuelto. Puesto que ha sido elegido para completar el periodo del Congreso, mañosamente cerrado.
Esta barbaridad de tener a un Consejo de Ministros fuera de toda ley, debe ser corregida de inmediato. La civilización es un tema pendiente en este país.

viernes, 17 de enero de 2020

Un Tribunal Constitucional en sus horas de tinieblas



En un acto que certifica, avala e impulsa la barbarie, el Tribunal Constitucional ha declarado la constitucionalidad de la disolución del Congreso. El acto matonesco de del Solar ha sido santificado por la mayoría de los magistrados del Tribunal. Para el T.C no existe separación de poderes, ni pesos ni contrapesos, sino la Injerencia Suprema del Ejecutivo, cuya competencia para meterse en agendas que le son ajenas, sería ilimitada.
Aunque la grave postura del T.C se cimenta en su total desconocimiento y tremenda ignorancia de lo que es la cuestión de confianza. Desprovistos de criterios, de sentido común y racionalidad, estos señores se han pronunciado sobre algo que desconocen, han asumido el papel de árbitros en asuntos en los que son unos completos ausentes o unos foráneos perpetuos, por propias iniciativas. No conocen el mundo, más allá de sus narices. Por eso son afectos a las arbitrariedades.   
El sentido, la esencia, el espíritu que introdujo el ponente de la cuestión de confianza, Torres y Torres Lara, fue que sólo ante la censura o negación de confianza a dos Consejos de Ministros, un presidente estaba facultado para disolver un Congreso. Y lo dijo frente a Henry Pease y otros interesados de que un presidente no se convirtiera en un monarca sin control. Que quiero decir, que únicamente cuando un nuevo gabinete solicita el voto de confianza en el momento en que va a exponer y debatir las políticas que su gestión requiera, y si el Parlamento le deniega la confianza o censura a este gabinete, y a otro más, el presidente está facultado para hacer uso de la disolución. No hay otra forma de cerrar el Parlamento                        
Las cuestiones de confianzas facultativas, no tienen ningún efecto contra el Congreso. Por lógica y sentido común, no tiene por qué tenerlas. Si a un ministro o al primer ministro se les ocurre hacer cuestión de confianza por cualquier asunto de su competencia, y si el Congreso no los apoya, están obligados a renunciar, sin ninguna consecuencia contra el Congreso.
En ninguna ley del mundo, el abuso que tú hagas de una prerrogativa, termina por perjudicar al otro. La cuestión de confianza facultativa fue diseñada para que el Ejecutivo busque apoyo del Legislativo, en determinados políticas, y si éste no se suma al pedido, el ministro renuncia y no pasa nada.
La única manera para que el Congreso se disuelva, es que abuse de sus prerrogativas en el uso del voto de confianza y la censura. Como ven. Todo estuvo claro desde el principio. Aun si leyéramos literalmente la Constitución, encontraríamos que todo está escrito exactamente como lo he explicado.
El alejamiento del sentido original de la cuestión de confianza, se dio con el arribo de Cateriano al premierato, en las épocas del gobierno de Humala. Él y quienes lo apoyaban estrangularon el sentido prístino de la cuestión de confianza. Siento aprecio por Urviola, García Toma, Ernesto Álvarez, etc. pero considero que sus planteamientos sobre cuestión de confianza, tomándolas como una única cosa y con el mismo efecto contra el Congreso, sirvió de insumo para las posturas radicales de quienes defienden al gobierno, y cuyos efectos ahora conocemos. 
Aunque parezca increíble, los mismos congresistas promovieron el alejamiento de la cuestión de confianza original. Como bien dice Natale Amprimo, la soberbia, embadurnada de ignorancia, de algunos congresistas fue tal, que le dieron curso a una cuestión de confianza que era inviable como la que presentó Fernando Zavala, quien interpuso esta prerrogativa, de forma mañosa, por tratar de salvar el pellejo de una ministra de Educación que iba a ser censurada. Esta suma de horrores del Parlamento, continuarían. Entonces empezaron a cavar su propia tumba
La distorsión de la cuestión de confianza, en los medios de prensa, fue clave para que la gente de a pie imaginara que era una prerrogativa ilimitada que el Ejecutivo tenía en sus manos, y que podía abarcar los terrenos del Legislativo, incluso chantajearlo sino se sometía a sus caprichos. Lamentablemente liberales como Jaime Bayly, Aldo Mariátegui y Federico Salazar, no se empaparon con rigor con el tema en cuestión. Omitieron la fuente original. Y siempre se refirieron al voto y a la cuestión de confianza como si fueran la misma cosa y con el mismo castigo al Congreso. La guerra estaba perdida por ese lado. Cuando se le consultó a Lourdes Flores Nano, una de las personas que estuvieron en el Diario de debates del 93, sobre el asunto, fue imprecisa y vaga. La opinión de Domingo García Belaunde, acerca del tema en discusión, siempre fue ocultada, siendo la voz más autorizada para hablar sobre asuntos constitucionales. Es el único constitucionalista con trascendencia internacional y referente de muchos latinoamericanos. Una leyenda viva que merecía ser escuchado.
Cuando apareció el señor Cairo en la escena mediática. Ya casi no había mucho que hacer. El Ejecutivo estaba en plan avasallador y amenazante. Sólo necesitaba la voz que le dijera: Hazlo, porque la Constitución te lo permite. Por supuesto que era una mentira. La Constitución jamás avaló este golpe de Estado. Como ya lo he expuesto. El señor Cairo cumplió con el trabajo encomendado, que era escupir por última vez la Constitución, y lo hizo tratando de mandar bien al fondo el sentido original de la cuestión de confianza. En una entrevista que le hizo un periodista oficialista, en un acto prepotente, ninguneó la ponencia de Torres y Torres Lara y atacó la sabiduría de Domingo García Belaunde, y se amparó en la escritura literal de la Constitución, que tampoco es que lo respalde, como lo he dicho.
La voz de Cairo, no es otra cosa que la misma voz de los cuatro del T.C. Los cinco han esgrimido los mismos argumentos. Arguyendo una negación de confianza de hecho. Saltándose lo que expresa el sentido de la cuestión de confianza. Ignorando que ante todo en un país civilizado debe primar el respeto entre poderes del Estado,- tuvieron la oportunidad de civilizar en algo al país, y la desperdiciaron- y que nadie invada terrenos que no son de su competencia. El T.C ha avalado el abuso, ha certificado la Edad del Simio. Ni invocando a un supuesto interés nacional, se puede permitir que un poder triture al otro. A no ser que te encanten las tiranías.    

miércoles, 23 de octubre de 2019

Cuestiones de confianza: el horror de no haberlas estudiado ni comprendido

Foto: Andina   

La historia correcta la cuentan los historiadores bien enterados, podría sonar lógico tal axioma, aunque no son muy de fiar en estos tiempos, igual que los escritores y otros amanuenses  de la irrealidad impuesta, pues la mayoría defiende una postura que consolidó el Golpe de Estado, y que apaña al gobierno de facto que hoy padecemos. La historia bien contada la contará un Homero del presente, entonces, un trovador de la lucidez, en épocas de pocas luces y con conspiradores a todo tren, que incluyen a intelectuales, periódicos y periodistas alquilados, activistas de la corrección política, artistas del arte del ensañamiento, etc. 
En esta puesta en escena para estrangular la Constitución, se necesitó de la participación de actores y de un buen número de extras y de constitucionalistas confundidos en el mar de confusiones al que fueron arrojados, con sagacidad bien organizada por el Eje Perverso que hoy domina y somete a la opinión pública, la prensa y el aparato judicial. Y en el que a cada sacada de cabeza a la superficie, aparecían encuestas, opiniones, audios contra opositores al gobierno, direccionados a un sólo objetivo. Se construyeron debates, duras polémicas, alrededor de la cuestión de confianza, y algunos hasta dudaron, cuando en algún momento la tuvieron clara, de que haya dos tipos de cuestión de confianza:
1. Cuestión de confianza a iniciativas ministeriales, como la que hizo del Solar antes del Golpe, que no cuenta para una disolución si se le es denegada, y que es facultativa.
2. Y el voto -o cuestión de confianza- a un nuevo Consejo de ministros, que es el que cuenta, y que es obligatorio. Si dos Consejos de ministros recién estrenados y sucesivos no obtienen el voto de confianza cuando se expone y debate la política general del gobierno, el presidente está facultado para disolver el Congreso, artículo 134° de la Constitución.
Vizcarra no tiene ninguna coartada a favor, pues se habla de la facultad del presidente de disolver y no del gobierno ni del mandato. Él cree ser PPK y que ya le habían tumbado un Consejo de ministros.  Lo cierto es que ni a Vizcarra ni a PPK le han tumbado gabinete alguno, en ese acto obligatorio, cuando se presenta un nuevo gabinete ante el Congreso. El primer ministro Zavala antepuso una cuestión de confianza a una iniciativa ministerial, que no cuenta, como he dicho, para nada para una disolución. Podría haber puesto un millón de cuestión de confianzas y nada tendría que ocurrir en un país con constitucionalistas que conocen su Constitución al dedillo.  Pero en un país con gente en los medios de comunicación que siempre buscaron la indefensión del Congreso frente al atropello del Ejecutivo, por razones que alteran el sentido común y la imparcialidad, distorsionar la cuestión de confianza y sus dos tipos les tendría que funcionar, y les funcionó. Reputados constitucionalistas y juristas cayeron en el juego de la distorsión y de sus bocas sólo salían cuestiones de confianzas de una sola característica y que sumaban para el cierre del Congreso. Asimismo, periodistas y analistas bienintencionados, que decían defender la democracia, cayeron en el equívoco y viciaron sus comentarios, al insistir en la cuestión de confianza de un único orden,hasta hoy lo siguen repitiendo. Luego apareció un tal Cairo y apuñaló definitivamente la Constitución y arrastró su cadáver por todos los medios de prensa.  
Nuestra historia quedará marcada con esta aberración que la legitiman los revolucionarios perpetuos, la casta intelectual sin grandeza para que su visión cruce los océanos de la sabiduría y la serenidad; sin dudarlo, caen en el atasco de las ligerezas que traen los momentos y no en la madurez del Tiempo.
Domingo García Belaunde se ha cansado de repetir lo que he descrito sobre la cuestión de confianza, aunque hasta sus alumnos más aprovechados lo han ignorado y han preferido seguir en el callejón sin salida que le ofrece exponerse en los medios de prensa, que cuentan con un staff de juristas y analistas expertos en enredar lo que ya estaba enredado de antemano. Todo es cuestión de sumergirse en las páginas del diario de debates de 1993 e ir al apartado: De las relaciones con el Poder Legislativo, para entender que se ha caído en el error, a estas alturas, en el horror. Por supuesto que los congresistas no supieron defender sus fueros, no supieron defenderse frente al avasallamiento de un demoledor Ejecutivo, ya con el terreno socavado contra el Legislativo. Se asesoraron pesimamente, y también se enfrascaron en discusiones sin sustancia sobre la cuestión de confianza y se perdieron en la vorágine que imponía la prensa. Lourdes Flores Nano, Luz Salgado, Popy Olivera, Roger Cáceres Velásquez, etc., estuvieron en los debates que ayudaron a redactar la Constitución del 93, justo en el punto De las relaciones con el Poder Legislativo, cuyo ponente fue Torres y Torres Lara, quien machacó en que la cuestión de confianza a iniciativas ministeriales no cuenta para una disolución del Congreso. Insistió en que únicamente sumaban las que daban o no la confianza a un nuevo gabinete. Lo dice el artículo 134° de la Constitución, claramente, no hay otras formas de revocatoria del mandato parlamentario. Está en la doctrina, en el espíritu de la Constitución. Y suena razonable, acorde, sensato. Porque el espectáculo de un Ejecutivo dotado de excéntricas prerrogativas, era inconstitucional y rompía todo equilibrio de poderes y la armonía con que debe estar escrita una Carta Magna. El Tribunal Constitucional no tiene nada que discutir al respecto. Irse por las ramas y alargar el tema, sería una traición a la contundencia del artículo 134°. No pueden fallar contra lo que se aprobó en el diario de debates.        
Vizcarra y sus asesores utilizaron para el cierre del Congreso la figura de la cuestión de confianza a iniciativas ministeriales, que es inofensiva, que no produce ningún efecto contrario al Parlamento. Han actuado como los ejecutores de algo que está detrás de ellos y que ordena y somete y cuyos cabecillas estarían entre Vargas Llosa, algunas oenegés y empresarios. Pueden pensar lo que quieran del Congreso, que fue bien cerrado y que en él habitaban forajidos semi-analfabetos. No encuentro madurez en ese razonamiento que ha dado Vargas Llosa, Vizcarra tiene más indicios de ser un corrupto empedernido, y a juzgar por su lenguaje, de tener muy poco apego a los libros, que cualquier congresista. Y con galones para la alta traición. Tampoco es buen alegato para apañar un cierre delictivo, el del Nobel. Detrás de este Golpe de Estado, urdido desde mucho antes de que el de facto asumiera el encargo, se encuentra un poder, el verdadero poder que ha decidido reinar con sus políticas de valores y de género, con o sin Vizcarra, mejor con Julio Guzmán o del Solar, hasta el final de los tiempos gramscianos.  

lunes, 8 de julio de 2019

Fujimorismo de comparsa

  
La actitud de la mayoría de los congresistas fujimoristas ante la evidencia de que su lideresa es una secuestrada política y de que la justicia en el país es un reverendo chiste, y por lo tanto la probabilidad de que no salga libre en los próximos días es altísima, irrita a cualquiera. Son absolutamente torpes e insensibles. Tienen al enemigo bombardeándolos día y noche, y no reaccionan. Se han metido a sus chats, los han expuestos públicamente, los han tildados de una manga de obstruccionistas y conspiradores, y de banda criminal y ni siquiera parecen indignarse, y muchos menos tienen ganas de denunciar esta evidente intromisión al espacio privado que todos debemos respetar. Y si ustedes no hacen respetar su espacio, mucho menos van a hacer respetar el de los que no queremos que el Estado o cualquiera viole la intimidad y privacidad nuestras. 
Sépanlo bien, la prensa no los quiere, los detesta. Se ríen de ustedes y si los invitan, es para tratar de ridiculizarlos. Si está en manos de la prensa eliminarlos, lo van a hacer, son el enemigo público número uno de muchos periodistas e intelectuales. Porque muchos de ellos son activistas de la ideología de género o son amigos de activistas encallecidos y fanáticos. Y por supuesto, el sencillo que les cae del gobierno es también un aliciente para confrontarlos abiertamente. Es muy probable, asimismo, que los medios de comunicación sean financiados por los mismos que financian el activismo totalitario del marxismo cultural.  Porque no existe otra explicación que sólo tengan las tripas atravesadas por un partido en particular.
Para las oenegés de izquierdas, junto al Apra, son la casta política que hay que desaparecer. Jamás les darán tregua, ya lo dijo un líder del IDL. Con mucha mayor razón ahora que el fujimorismo congresal está lleno de gente irresoluta y blandengue y sin agallas para hacerle frente a un enemigo que se jacta de su impunidad.  El fanatismo de los de izquierdas es disciplinado y absolutamente cruel con sus rivales políticos. Ni perdón, ni misericordia ni tregua son sus consignas de   militantes del terror. Porque a punta de terror los han sometido, como al sector de justicia, con amenazas de cierre del Congreso y con el quebrantamiento de la privacidad. Un delito al que no le han hecho frente.
Con la vieja guardia fujimorista como protagonista de esta historia, no imagino que el gobierno y las oenegés se hubieran arrogado derechos que no les corresponden y no hubieran pisoteado instituciones, como hoy lo vienen haciendo. Mal hizo Keiko en tratar de sacudirse del viejo fujimorismo, por pedido expreso de sus enemigos. Sin connotados buques insignias y sin cuadros que te garanticen lealtad, jamás se gana una guerra. Porque esto es una guerra que jamás entendió Keiko, debido a su impericia política. Parece que nunca le contaron que el odio del fanatismo es a muerte y que ellos no tienen sentido del humor.  Los convencidos son crueles por naturaleza. Pero esa es otra historia. La candidez de Keiko en la política, no la vamos a discutir, tampoco la traición en que cayeron muchos de los integrantes de su partido cuando ella cayó en desgracia. Lo que nos queda claro es que está injustamente encarcelada y que sus congresistas nada hacen por liberarla de sus captores, con el agravante que se han sometido al capricho de los secuestradores de su lideresa. Ellos le marcan la agenda, a punta de patadas y amenazas. Parecen no darse cuenta de nada. El fiscal Pablo Sánchez fue cogoteado públicamente por Gorriti en la época de la frase aumentar a Keiko, señalándolo como fujimorista y protector de Keiko, y Vela Barba era un fiscal timorato que no tomaba partido por nadie, por ese entonces. Bastó que tuviera algo de poder para sentirse un seguro militante de la injusticia. La pésima lectura que le dio el fujimorismo al contexto, acabó convirtiendo en enemigo del fujimorismo al entonces fiscal de la nación y que sus subordinados se alíen con los perseguidores del fujimorismo de toda la vida. Terrible error.  Domingo Pérez es un caso aparte. Es militante del fanatismo, como está demostrado.
Ahora, que llegó la hora de la dignidad, se atreverán los fujimoristas a torcer su destino de comparsa de un gobierno que cuando se escriba y se cuente la historia de manera veraz y sin macula, será considerado como un gobierno nefasto y terriblemente corrompido y amoral por donde se le mire y pisoteador de todas las instituciones que se le cruzaron en el camino que le mostraron los promotores de ideologías financiadas con dinero extranjero.  Si no se conmueven con su lideresa en la cárcel, qué les podrá conmover entonces. Es inaudito que no muevan ningún dedo hasta hoy. Ninguna marcha en ciernes. Ningún llamado. ¿Aún creen que la justicia está en buenas manos en este país, y que su lideresa saldrá por la puerta grande, tal como están las cosas?